Desde 1990, fecha en que aparecen los Fondos de Inversión en valores del Tesoro - Fondtesoro -, han existido dos tipos de Fondtesoro: los Fondtesoro FIM y los Fondtesoro FIAMM. Dichas modalidades de Fondtesoro invertían casi exclusivamente (el 90%) en los diferentes valores emitidos por el Tesoro.
A partir de junio de 1999, se crearon tres nuevas modalidades de Fondtesoro: los Fondtesoro Renta FIM, Renta FIAMM y los Fondtesoro Plus FIM, en las que se ampliaron las posibilidades de inversión en valores distintos a los Valores del Tesoro, permitiendo la inversión hasta un porcentaje determinado de su cartera, en valores de renta variable y de renta fija privada que disfruten de una calidad crediticia adecuada.
A finales de 2006 se han llevado a cabo una serie de modificaciones en los Fondtesoro:
- Se reducen los cinco tipos de convenios a sólo tres: FONDTESORO largo plazo FI (que engloban a los Fondtesoro FIM y Rentas FIM), FONDTESORO corto plazo FI (antiguos Fondtesoro FIAMM y Renta FIAMM) y FONDTESORO PLUS FI, lo que facilita la comprensión por parte del inversor y redunda asimismo, en una mayor transparencia.
- Se da mayor libertad a los gestores de este tipo de fondos respecto de su política de inversión, a lo que se suma una rebaja de las comisiones máximas a aplicar en línea con las tendencias de mercado. Ver comisiones.
- Se permite en los Fondtesoro la creación de compartimentos de fondos o la admisión de distintas clases de participaciones en el mismo Fondo.
A finales de 2008 se han ampliado las posibilidades de inversión de los Fondtesoro permitiéndoles invertir en los bonos emitidos por los “FTVPO” que cuenten con el aval del ICO.
A finales de 2012, además de la inversión en los “FTVPO” se permite a los Fondtesoro invertir en las emisiones del Fondo de Reestructuración Ordenada bancaria (FROB), las emisiones del Fondo de Amortización del Déficit Eléctrico (FADE), la Deuda emitida directamente por el ICO y los créditos del Fondo para Financiar el Pago a Proveedores (FFPP) cuando se conviertan en bonos.
De este modo, actualmente, los Fondtesoro pueden beneficiarse de una variedad más amplia de activos en qué invertir su patrimonio, lo que les permite diversificar su cartera y potenciar su rentabilidad sin afectar a ninguna de sus características principales, es decir, manteniendo su alto nivel de liquidez y de seguridad.
El fondo podrá actuar en mercados a plazo o de instrumentos financieros derivados. Estos últimos podrán ser utilizados como instrumentos de cobertura, como mecanismo para una gestión óptima de la cartera o encaminada a la consecución de un objetivo concreto de rentabilidad.
La principal diferencia entre las distintas modalidades de fondos es la política de inversión que deben seguir:
1.- "Fondtesoro a largo plazo, FI"
2.- “Fondtesoro a corto plazo, FI”
El Folleto de los Fondtesoro a largo plazo o a corto plazo exige que el 70 por 100 del patrimonio del Fondo esté invertido en Deuda del Estado en euros, en cualquiera de sus modalidades: Bonos y Obligaciones del Estado, Letras del Tesoro, operaciones con pacto de recompra sobre Valores del Tesoro. Dentro de ese porcentaje también puede estar invertido en títulos emitidos por FTPymes avalados por el Estado y/o en bonos emitidos por los FTVPO que cuenten con el aval del ICO, y/o en emisiones del “FROB” y/o en emisiones del “FADE”y/o en Deuda emitida directamente por el ICO en euros y/o en créditos del Fondo para financiar el pago a proveedores (FFPP) cuando se conviertan en bonos, hasta el límite del 30 por 100 del patrimonio del fondo.
Asimismo, el Fondo podrá invertir un máximo del 30% de la exposición total del fondo en otros valores de renta fija, distintos de la Deuda del Estado, negociados en un mercado regulado y que cuenten con una calificación de solvencia no inferior a la del Reino de España emitida o refrendada por una agencia de calificación crediticia, así como en depósitos en entidades de crédito que tengan reconocida esa calificación mínima y en instrumentos del mercado monetario que cumplan ese requisito, todos ellos denominados en euros.
La inversión mínima inicial para entrar en el Fondo no puede superar los 300 €. El partícipe puede liquidar su inversión (exigir el reembolso de sus participaciones) en cualquier momento; una vez que se da aviso a la Sociedad Gestora, ésta deberá rembolsar el importe correspondiente al partícipe en un plazo máximo de 72 horas.
- El fondo podrá actuar en mercados a plazo o de instrumentos financieros derivados. Estos últimos podrán ser utilizados como instrumentos de cobertura, como mecanismo para una gestión óptima de la cartera o encaminada a la consecución de un objetivo concreto de rentabilidad.
- Lo que diferencia los Fondtesoro a largo plazo FI de los corto plazo FI es la duración objeto de su cartera, así en los Fondtesoro a largo plazo FI será superior a doce meses mientras que en los Fondtesoro a corto plazo FI no puede superar los doce meses.
3.- "Fondtesoro Plus, FI"
Debe invertir el 70 por 100 del patrimonio en Deuda del Estado en euros, en cualquiera de sus modalidades: Bonos y Obligaciones del Estado, Letras del Tesoro, operaciones con pacto de recompra sobre Valores del Tesoro. Dentro de ese porcentaje también puede estar invertido en títulos emitidos por FTPymes avalados por el Estado y/o en bonos emitidos por los FTVPO que cuenten con el aval del ICO, y/o en emisiones del “FROB” y/o en emisiones del “FADE”y/o en Deuda emitida directamente por el ICO en euros y/o en créditos del Fondo para financiar el pago a proveedores (FFPP) cuando se conviertan en bonos, hasta el límite del 30 por 100 del patrimonio del fondo.
El fondo podrá actuar en mercados a plazo o de instrumentos financieros derivados. Estos últimos podrán ser utilizados como instrumentos de cobertura, como mecanismo para una gestión óptima de la cartera o encaminada a la consecución de un objetivo concreto de rentabilidad.
La inversión mínima exigida inicialmente a los partícipes no será superior a 300 €.