- Participación en las subastas del Tesoro: Sólo los Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones del Estado podrán presentar peticiones en los treinta minutos previos al cierre del plazo de presentación de peticiones en cada subasta de Bonos y Obligaciones.
- Acceso a segundas vueltas: Los Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones del Estado podrán acceder en exclusiva a la segunda vuelta de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado, que se desarrollará entre la resolución de la subasta y las doce horas del día hábil anterior al de su puesta en circulación.
El importe que se emitirá como máximo, en la segunda vuelta para cada Bono u Obligación será del 24% del nominal adjudicado en la fase de subasta de ese mismo Bono y Obligación.
Durante esta segunda vuelta, estos Creadores de Mercado podrán presentar peticiones que serán adjudicadas al precio medio ponderado redondeado resultante de la fase de subasta. No obstante, en la convocatoria de las subastas, la Secretaría General del Tesoro podrá determinar un método distinto al anterior de la segunda vuelta de la subasta. Haciendo uso de esta prerrogativa, actualmente y debido a las condiciones del mercado, las peticiones a la segunda vuelta serán adjudicadas al precio marginal ponderado redondeado de la fase de subasta.
El importe máximo a adjudicar a cada creador, previa presentación de la correspondiente petición,reflejará su participación en las adjudicaciones de esa subasta y una subasta comparable de ese Bono u Obligación y a su vez estará multiplicado por un coeficiente de premio. El coeficiente de premio podrá tener cuatro posibles tramos no acumulables:
- Un 24 por 100 del nominal adjudicado en la fase de subasta para aquellos Creadores que durante el último período de evaluación hayan cumplido los mínimos de cotización de Bonos y Obligaciones y que hayan resultado más activos en los últimos períodos de evaluación precedentes a la subasta.
- Un 20 por 100 del nominal adjudicado en la fase de subasta para aquellos Creadores que durante el último período de evaluación hayan cumplido los mínimos de cotización de Bonos y Obligaciones y sin embargo, no hayan resultado más activos en los últimos periodos de evaluación precedentes a la evaluación.
- Un 4 por 100 del nominal adjudicado en la fase de subasta para aquellos Creadores que hayan resultado más activos en los últimos períodos de evaluación precedentes a la subasta y sin embargo no hayan cumplido durante el último período de evaluación los mínimos de cotización de Bonos y Obligaciones.
- Un 0 por 100 del nominal adjudicado en la fase de subasta para aquellos Creadores que no hayan cumplido durante el último período de evaluación los mínimos de cotización de Bonos y Obligaciones y que tampoco figuren como más activos en los últimos períodos de evaluación precedentes a la subasta.
- Segregación y reconstitución de valores de Deuda del Estado: los Creadores de Bonos y Obligaciones serán las únicas entidades autorizadas a segregar y reconstituir valores de Deuda del Estado segregable.
- Otras operaciones de gestión de la Deuda: La condición de Creador de Mercado de Bonos y Obligaciones del Estado será valorada en la elección de contrapartidas para otras operaciones de gestión y colocación de Deuda que pueda realizar el Tesoro, tales como las emisiones sindicadas en euros, las operaciones de permuta financiera y las emisiones en divisas.
- Recepción de información acerca de la política de financiación del Tesoro.
- Participación, en su caso, en la fijación de los objetivos de emisión de instrumentos del Tesoro a medio y largo plazo.
- Participación en las reuniones de Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones.