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Puesta en circulación de los Valores del Tesoro suscritos y abono en cuenta

Los saldos resultantes de la suscripción de Valores del Tesoro se abonarán en las cuentas de valores que designe la entidad adjudicataria en el Depositario Central de Valores español,  el mismo día de la emisión[1]. A partir de ese día, tales saldos serán movilizables, mediante operaciones en el mercado secundario o mediante transferencias de valores.

Si el oferente presentó su petición directamente en el Banco de España, y la operación es aceptada, en el caso de que la modalidad de pago sea “depósito previo”, el Banco de España devolverá, el día siguiente de la resolución de la subasta, el sobrante entre el importe resultante en la adjudicación y lo ingresado a cuenta.  En el caso de que la suscripción se realice a través de la entrega a cuenta del 2% de nominal solicitado, deberá ingresarse el pago complementario hasta el importe efectivo de la adjudicación, antes de las 14:00 horas del día anterior a la emisión.

Si el oferente presentó su petición a través de un Miembro del Mercado primario de Deuda Pública, los importes efectivos de las peticiones adjudicadas se adeudarán en la fecha de desembolso en las cuentas de efectivo designadas; alternativamente la entidad adjudicataria, deberá ingresar en el Tesoro tanto el importe de las suscripciones propias como las de terceros que se hayan canalizado en el plazo señalado para ello en la convocatoria de la subasta.

Por último, se deberá entregar -a quienes hayan presentado las ofertas aceptadas a través de un Miembro del Mercado Primario - un resguardo donde figure el valor nominal del importe suscrito y el importe efectivo a ingresar en la cuenta del Tesoro.

Por su parte, el Banco de España deberá entregar el resguardo acreditativo del importe nominal suscrito y del importe efectivo ingresado en el Tesoro a quienes presentaron sus ofertas directamente en este Banco, y se anotará la Deuda adjudicada en las cuentas valores que a estos efectos tenga en el Depositario Central de Valores español.

 

 

[1] Los Bonos y Obligaciones se emiten 3 días después de la fecha de suscripción.