Los Miembros del Mercado, son aquellas entidades de crédito que están facultadas para realizar operaciones de compraventa de valores, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, según les permita su estatuto jurídico.
La actual normativa española se ha ido adaptando a las normas de carácter europeo que se han traspuesto de forma paulatina, desde la Directiva de Servicios de Inversión (DSI) de 1993 hasta la reforma que ha entrado en vigor en 2018, y que supone la aplicación de MiFID II y el Reglamento MiFIR,
De acuerdo con la Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID) los Miembros de Mercado pueden actuar en los siguientes ámbitos de contratación:
- El ámbito OTC («over the counter»)
- Los Mercados regulados
- los Sistemas Multilaterales de Negociación (SMN), y de entre ellos SENAF, en el que se negocia deuda pública española. Está dirigido a miembros del mercado.
- Organized trading Facilities –OTFs– (traducidos a la legislación española como Sistemas organizados de contratación –Socs–).
Los mercados regulados españoles reciben la denominación de mercados secundarios oficiales. A tales efectos, se consideran los siguientes: las Bolsas de Valores, el Mercado de Renta Fija pública y privada (AIAF) y el Mercado de Futuros y Opciones (MEFF). Todos estos mercados son gestionados por BME.
Desde enero de 2018 AIAF Mercado de Renta Fija, gestionado por BME, es el único mercado regulado en España que admite a negociación y cotiza deuda pública estatal, autonómica y local, así como deuda privada.