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Funciones

Entre otras funciones destacan (según el artículo 44.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril):

  • Dirigir e impulsar las actividades de prevención de la utilización del sistema financiero o de otros sectores de actividad económica para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, así como de prevención de las infracciones administrativas de la normativa sobre transacciones económicas con el exterior.
  • Colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, coordinando las actividades de investigación y prevención llevadas a cabo por los restantes órganos de las Administraciones Públicas que tengan atribuidas competencias en las materias señaladas anteriormente.
  • Garantizar el auxilio eficaz en estas materias a los órganos judiciales, al Ministerio Fiscal y a la Policía Judicial.
  • Nombrar al Director del Servicio Ejecutivo de la Comisión, aprobar su presupuesto anual y su estructura organizativa y directrices de funcionamiento.
  • Aprobar el Plan Anual de Inspección de los sujetos obligados, que tendrá carácter reservado.
  • Aprobar orientaciones y guías de actuación para los sujetos obligados.
  • Elevar al Ministro las propuestas de sanción cuya adopción corresponda a éste o al Consejo de Ministros.