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MERCADO PRIMARIO
La subasta
Las peticiones presentadas se clasifican por orden descendente de precios.
Las subastas se resuelven generalmente según el sistema holandés modificado, combinando elementos de la subasta holandesa (de precio único) con elementos de la subasta convencional (de precios múltiples).
El
Secretario general del Tesoro,
a propuesta de una Comisión
formada por dos representantes
del Banco de España
y dos representantes de la
Secretaría General del
Tesoro y Política Financiera,
determina el volumen nominal
a emitir y, a partir de la última
petición admitida, el
precio mínimo aceptado,
a partir del cual se calcula
el tipo de interés marginal.
Se
aceptan todas las peticiones
al precio mínimo o por
encima de éste, salvo
que exista prorrateo (en tal
caso, sólo afectará a
las peticiones realizadas al
precio marginal); las peticiones
no competitivas se aceptan en
su totalidad.
A
partir de las peticiones competitivas
aceptadas, se calcula el precio
medio ponderado de la subasta,
expresado en porcentaje del
valor nominal y redondeado por
exceso a tres decimales.
El
precio de adjudicación
de los valores se determina
de la siguiente forma: las
peticiones realizadas al precio
mínimo se adjudican
a este precio; las peticiones
entre el precio mínimo
y el precio medio ponderado
redondeado pagarán el
precio pujado; y las peticiones
por encima del precio medio
ponderado redondeado y las
no competitivas pagarán
el precio medio ponderado redondeado.
En todos los casos es necesario
incrementar el precio ex-cupón
por el cupón corrido
devengado hasta la fecha.
La
resolución de la subasta
puede realizarse mediante otro
procedimiento de coste distinto
del anteriormente indicado
si así lo dispusiera
la Secretaría General
del Tesoro. Por ejemplo, en
2002 las subastas de las Obligaciones
a 10 años se resolvieron
por el sistema multi precio
puro: las peticiones por precio
superior al precio mínimo
se adjudican al precio pujado
correspondiente y las peticiones
no competitivas pagan el precio
medio ponderado.





