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GLOSARIO

BONO SEGREGABLE

 

Valor negociable con cupones periódicos que son susceptibles de segregación y negociación separada del principal, de modo que un valor con n pagos periódicos de cupón se convierte en n+1 (incluyendo el principal) bonos cupón cero. En el caso de la Deuda del Estado, esta operación sólo la pueden realizar los Creadores de Mercado. En lo que al ámbito de la negociación, compensación y liquidación se refiere las segregaciones deberán hacerse sobre importes nominales múltiplos de 100.000 euros, con un mínimo de 500.000 euros. Por otro lado, el valor nominal de los principales segregados y de los cupones segregados es de 100.000 euros y 1.000 euros, respectivamente.

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